Centros especiales de Empleo creado por orden de 29 de julio de 1985, aquellas entidades, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, Administraciones Públicas, bien directamente o en colaboración con otros Organismos, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios, respecto de sus centros de trabajo ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónomade Andalucía.
La plantilla de estos centros deberá estar conformada, al menos, en un 70% de personas que hubieran sido declaras minusválidas en un grado o superior al 33%.
El objetivo principal será realizar cualquier actividad productiva participando regularmente en las operaciones del mercado y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad.
Agencia de Desarrollo Local-Ayuntamiento de la Rambla
C/ Silera 5, 14540 La Rambla (Córdoba)
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