SUBVENCIONES PARA JÓVENES EMPRENDEDORES: «INNOVACTIVA 6000»

24 · Jun · 2016 | Sede Desarrollo

OBJETO.

El objeto de las subvenciones será:

a) La puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, que cuenten al menos con dos o más socios y que adopten alguna de las siguientes formas jurídicas societarias: Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Laboral o Sociedad Cooperativa.

b) La constitución del solicitante como trabajador o empresario autónomo.

Subvenciones para la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, de nueva creación, por jóvenes andaluces o residentes en Andalucía hasta 35 años, inclusive, con formación académica universitaria o de ciclo formativo de grado medio o superior y cuyo proyecto esté avalado por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza “Andalucía Emprende», la Asociación de Jóvenes Empresarios (AJE), Cámaras de Comercio, la Confederación Empresarial Española de Empresas de Economía Social (CEPES), la Federación Empresarial Andaluza de Sociedades Laborales (FEANSAL), la Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo (FAECTA) o demás Entidades Públicas que certifiquen la viabilidad del proyecto.

 

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

Actuaciones encaminadas a la constitución de empresas de nueva creación, bajo alguno de los tipos sociales señalados en el apartado a) anterior, (elevación a público de la constitución y Registro).

También serán subvencionables aquellas actuaciones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la nueva empresa tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, necesario y justificado para el funcionamiento de la empresa, tales como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia.

No se podrán subvencionar las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa.

 

BENEFICIARIOS.

Jóvenes de entre 18 y 35 años (inclusive) que hayan finalizado estudios universitarios y/o de formación profesional de ciclo formativo de grado medio o superior.

PLAZO DE SOLICITUD: 24/07/2015

CUANTÍA MÁXIMA DE LA SUBVENCIÓN: 6.000,00 €

CRITERIOS DE VALORACIÓN:

  • CRITERIO 1: Proyecto (Hasta 80 puntos)

Criterio 1.1.- Proyecto enmarcado en alguna de las siguientes prioridades de especialización: (hasta 25 puntos): 1. Movilidad y logística, 2. Industria avanzada vinculada al transporte, 3. Recursos endógenos de base territorial, 4. Turismo, cultura y ocio, 5. Salud y bienestar social, 6. Agroindustria y alimentación saludable, 7. Energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible y 8. TIC y economía digital. (Para acreditar el cumplimiento de este criterio se deberá justificar razonadamente la relación del proyecto con alguno de los sectores señalados, asi como con los datos aportados en el proyecto).

Criterio 1.2.- Proyecto que desarrolle patentes I+D+I de las Universidades Andaluzas. (Hasta 20 puntos) (Para acreditar el cumplimiento de este criterio se aportará informe del Centro de Innovación Tecnológica y Propiedad Industrial de Andalucía o de la Red de Oficinas de Transmisión de Resultados de Investigación de las Universidades Andaluzas).

Criterio 1.3.- Proyecto aprobado por Cátedra de Emprendedores, Aula de Emprendedores o Departamentos similares. (Hasta 15 puntos) (Para acreditar el cumplimiento de este criterio se aportará informe de la Universidad correspondiente).

Criterio 1.4.- Estar en posesión de otras titulaciones oficiales iguales o superiores a las establecidas en las bases como requisito para ser beneficiarios de estas subvenciones. (Hasta 10 puntos) (Para acreditar el cumplimiento de este criterio se aportará copia compulsada del título correspondiente).

Criterio 1.5.- Carácter innovador y originalidad del proyecto en relación a los procesos, productos, servicios o métodos de producción. (Hasta 5 puntos) (Se valorará en función de la información reflejada en los datos del proyecto y en el informe de viabilidad).

Criterio 1.6.- Conocimiento del solicitante del mercado en relación con su proyecto y coherencia general del Plan de Empresa. (Hasta 5 puntos) (Se valorará en función de la información reflejada en el Informe de Viabilidad).

  • CRITERIO 2.- Expectativas de generación de empleo (hasta 5 puntos) (Se acreditará en función de los datos sobre generación de empleo que se aporten en el proyecto)
  • CRITERIO 3.- Proyecto sostenible con el Medio Ambiente (hasta 5 puntos) (Se valorará con la información reflejada en los datos del proyecto).
  • CRITERIO 4.- Proyecto cuyos Socios Promotores cumplan criterios de paridad de género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género (hasta 5 puntos) (Se valorará en función de la información reflejada en los datos del proyecto).
  • CRITERIO 5.- Proyecto que desarrolle actuaciones que incluyan la perspectiva de la discapacidad (hasta 5 puntos) (Se valorará en función de la información reflejada en los datos del proyecto).

Para más información pincha en el siguiente enlace: ORDEN REGULADORA COMPLETA